El cambio en la conducción de la
organización vinotinto la acaba de ordenar la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, instancia que decidió revisar de oficio
un fallo de la Sala Electoral, en el cual se desechó una petición que el
exmandatario regional interpuso contra la asamblea en la que se decidió
postergar la celebración de las elecciones internas para renovar a las
autoridades del partido.
Además de Bolívar, la intérprete de la
Carta Magna resolvió nombrar en la Vicepresidencia de Podemos
a Baudilio Reinoso.
Los directivos estarán al frente de la
organización mientras la Sala Constitucional determina si la Electoral
incurrió en algún fallo o no. Esta es la segunda decisión de la Sala
Electoral que la Constitucional decide revisar de oficio en menos de un
mes.
Dadas las circunstancias el TSJ estimó
procedente el ejercicio de las potestades cautelares que le consagra el
artículo 130 de la Ley que rige sus funciones, por lo que decidió:
- SUSPENDER los efectos
de la decisión n.°: 53, dictada el 28 de marzo de 2012, por la Sala
Electoral de éste Máximo Tribunal, hasta tanto sea resuelta la causa.
- SUSPENDER, hasta
tanto sea resuelta la causa, los efectos del acto de la Asamblea de la
organización con fines políticos Podemos, de fecha 19 de marzo de 2011.
- ACORDAR el
nombramiento de una Junta ad hoc, la cual estará integrada,
provisionalmente, hasta tanto se resuelva el fondo de la presente causa,
por los ciudadanos: Didalco Bolívar y Baudilio Reinoso, quienes
ejercerán, en el mismo orden en que son mencionados, los cargos de
Presidente y Vicepresidente, cumpliendo las funciones directivas y de
representación de la organización política Podemos.
- ORDENAR al Consejo
Nacional Electoral abstenerse de aceptar cualquier postulación que
derive de los acuerdos realizados por la organización con fines
políticos Podemos, posteriores a los del acto de asamblea que este
fallo ordenó suspender; salvo aquellos que sean acordados, conforme a
los procedimientos de rigor, por la Junta ad hoc nombrada en
este fallo.
- ORDENAR la
prohibición de Enajenar y Gravar sobre la Casa Nacional del Movimiento
por la Democracia Social (Podemos).
- ORDENAR a la Sala
Electoral, el envío, en copia certificada, de todas las actuaciones
contenidas en el expediente n.°: AA70-E-2012-000020.
- ORDENAR al Consejo
Nacional Electoral (CNE), remitir información respecto de la existencia o
no, de algún documento relacionado con la manifestación de voluntad por
parte del Movimiento por la Democracia Social (Podemos), mediante la
cual acuerden respaldar la candidatura del ciudadano Henrique Capriles
Radonski, para el evento electoral de carácter presidencial fijado para
el próximo siete (07) de octubre de 2012.
No hay comentarios:
Publicar un comentario